Ver nacer un hijo debe ser uno de los actos más gratificantes que una persona pueda vivir en su vida, lamentablemente mucha gente en el mundo, por diferentes motivos, no tienen la dicha de vivir ese acontecimiento. Sin embargo varias de estas personas no bajan los brazos y realizan otro acto que es, a mi parecer, más noble aún: adoptar a un niño para criarlo y tomarlo como hijo.
Por medio de la adopción se crea una relación filial logrando que un hijo biológicamente ajeno sea propio. En la Argentina para poder adoptar a un niño se debe realizar un proceso judicial, pues sólo se obtiene la adopción por medio de una sentencia dictada por el juez competente. Esto es lógico, debido a la importancia del acto y por todas las cuestiones que hay en juego, sobre todo el bienestar del menor.
Sin embargo, al ser necesario que el trámite se haga por vía judicial, lleva a que el procedimiento se alargue y se trabe, muchas veces con cuestiones solamente burocráticas, que no se relacionan con la adopción en sí misma.
Lo más urgente a modificar en materia de adopción son los requisitos para realizarlas. Sería muy positivo, de cierto modo, flexibilizar la legislación. Actualmente, para poder adoptar, la persona que así lo desea, tiene que tener al menos treinta años de edad, y una mínima diferencia de dieciocho años con el menor a adoptar. Además la regla es que sólo puede adoptar una sola persona, salvo que se trate de un matrimonio, en cuyo caso, los padres adoptivos serán ambos.
En el año 2003 fue sancionada la ley que creó el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, generándose un gran avance a nivel nacional. Dicho registro permite a los solicitantes inscribirse y realizar una adopción en cualquier provincia del país.
Otro tema a tener en cuenta es que, por lo general, y sobre todo tratándose de matrimonios jóvenes, se quiere adoptar a bebés recién nacidos, que es siempre más complicado que querer adoptar a un chiquito más grande. Es significativo resaltar que la ley da prioridad a las personas que quieran realizar la adopción de niños mayores de cuatro años, grupos de hermanos o menores que padezcan discapacidades o patologías físicas o psíquicas.
Un paso muy grande se ha dado con un proyecto de ley que cuenta con dictamen favorable en la Cámara de Diputados, que modifica las licencias por maternidad contempladas en la ley de Contrato de Trabajo, ya que se instaura la posibilidad de solicitar licencia para poder realizar las visitas al menor que se intenta adoptar, como así también, si se adoptó a un niño menor de un año, se puede solicitar lo que se llama licencia por crianza. Con esta modificación se va a ayudar a simplificar las tramitaciones. Pero la flexibilización no debe quedar allí, hay que implementar trámites más rápidos y quitarle la burocracia a las adopciones actuales.
Si bien es fundamental que una asistente social tenga una entrevista con las familias o personas aspirantes a la adopción para estudiar el ambiente socio-económico-cultural de aquéllos, quizás deberían ponerse menos exigencias burocráticas. Y tener en cuenta que si una persona se inscribió en el Registro Único de Aspirantes es porque realmente quiere llevar a cabo a una adopción y, se supone, va a querer siempre lo mejor para el niño.
Por último, cabe resaltar, que la tasa de abortos ilegales de nuestro país crece año a año, y los números son cada vez más alarmantes. Una muy buena forma de evitarlos es reformando la legislación vigente. Promoviendo trámites de adopción más sencillos. Ello ayudará a miles de mujeres que, por distintos motivos, no pueden hacerse cargo del recién nacido, a que no cometan un error tan grande como es recurrir a un aborto, otorgando, en cambio, a los bebés en adopción. De este modo, se beneficiarán muchas familias, y lo que es mejor aún, se salvarán muchas más vidas.
Por María del Rosario La Madrid. Abogada. Junio 2009
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